Si te atropella un patinete eléctrico sin seguro o sin registrar, puedes reclamar igualmente.
El Consorcio de Compensación de Seguros responde de tus lesiones si necesitaron atención sanitaria, o del fallecimiento de la víctima.
Los daños materiales, como el móvil, las gafas o la ropa, no los cubre el Consorcio en estos casos: hay que reclamarlos al conductor del patinete o, si es menor, a sus padres.
Lo más importante es identificar el patinete y a su conductor desde el primer momento.
Actualizado en noviembre de 2026.
Desde enero de 2026 los patinetes eléctricos deben estar inscritos en un registro de la DGT y llevar un seguro obligatorio. Pero en la calle sigue habiendo muchos sin etiqueta, sin seguro o con modelos antiguos que todavía están en plazo para regularizarse.
Si uno de ellos te atropella, la pregunta es inmediata: ¿quién me paga ahora?
En esta guía nos centramos solo en ese caso: el patinete que no tiene seguro, que no está registrado o cuyo conductor se marcha. Si quieres la guía general sobre accidentes con patinete, la tienes en accidente con patinete eléctrico: quién paga y cuánto se cobra.
Registro y seguro del patinete: cómo está la situación en noviembre de 2026
La Ley 5/2025 creó un seguro obligatorio de responsabilidad civil para los llamados vehículos personales ligeros, entre ellos los patinetes eléctricos, con efectos desde el 2 de enero de 2026. Para que funcione, el Real Decreto 52/2026 puso en marcha un registro de la DGT que asigna a cada patinete un número y una etiqueta identificativa.
Hay tres datos que conviene conocer:
- Sin registro, el seguro no funciona. El certificado de inscripción es el documento que permite contratar el seguro obligatorio. Un patinete sin inscribir, en la práctica, circula sin cobertura.
- Los modelos antiguos tienen un plazo especial. Los patinetes comprados antes del 21 de enero de 2024, sin certificado técnico, pueden circular hasta el 22 de enero de 2027, pero deben inscribirse y asegurarse igualmente.
- La etiqueta ayuda a identificarlo. El número de inscripción va en el propio patinete, como si fuera una matrícula. Si lo ves, apúntalo.
Quién paga si el patinete no tiene seguro
Aquí está la clave de esta guía. La Ley 5/2025 prevé que, en los accidentes causados por vehículos personales ligeros, la intervención del Consorcio de Compensación de Seguros se limita a los daños personales que requieran atención sanitaria, en caso de lesiones, o a los derivados del fallecimiento de la víctima.
Dicho de forma sencilla:
| Qué daño has sufrido | ¿Lo cubre el Consorcio si el patinete no tiene seguro? | A quién reclamarlo |
|---|---|---|
| Lesiones que necesitaron atención médica | Sí | Al Consorcio de Compensación de Seguros |
| Fallecimiento de la víctima | Sí | Los familiares, al Consorcio |
| Un golpe sin necesidad de atención sanitaria | No | Al conductor del patinete |
| Móvil, gafas, ropa, bolso u otros objetos | No | Al conductor del patinete o a sus padres si es menor |
| Daños en tu coche, moto o bici | No | Al conductor del patinete o a su seguro de responsabilidad civil, si lo tiene |
Después de pagarte, el Consorcio puede reclamar al responsable lo que te haya abonado. Eso no es asunto tuyo: tú cobras de él y él se encarga de recuperar el dinero.
Por eso es tan importante ir a urgencias o al médico el mismo día. Si no hay atención sanitaria documentada, no solo es más difícil probar la lesión: además puede quedar fuera de lo que cubre el Consorcio en estos casos.
Y si el patinete sí tiene seguro
Entonces reclamas a su aseguradora, igual que harías con un coche, y su seguro cubre tanto tus lesiones como tus daños materiales. Lo explicamos en la guía general del patinete eléctrico.
Casos especiales
Si el conductor del patinete es menor de edad
Desde el 1 de octubre de 2026, el Reglamento General de Circulación prohíbe conducir patinetes a los menores de 15 años. Si un menor te atropella, por sus daños responden normalmente sus padres o tutores, y el Consorcio cubre tus lesiones si el patinete no estaba asegurado.
Que un menor de 15 años condujera el patinete refuerza tu reclamación, porque ni siquiera debería estar circulando.
Si el conductor huye
Denuncia en la Policía Local o la Guardia Civil lo antes posible, con todos los datos que tengas: la descripción del patinete, la ropa del conductor, la dirección en la que se fue y la hora exacta. Pide que se revisen las cámaras de la zona.
Si no se le llega a identificar, el Consorcio también puede hacerse cargo de tus lesiones con atención sanitaria, con el mismo límite que cuando no hay seguro. La denuncia y los informes médicos serán la base de esa reclamación.
Si es un patinete de alquiler
Los patinetes de las empresas de alquiler tienen que estar asegurados. Reclama a la empresa y pide los datos de su aseguradora. Guarda capturas del vehículo, su código y el lugar del accidente.
Si el patinete iba por la acera
Circular por la acera con un patinete está prohibido. Si te atropelló en la acera, es una prueba muy clara de la culpa del conductor, y casi nunca se podrá alegar culpa tuya como peatón.
Qué hacer justo después del atropello
- Pide ayuda y ve a urgencias aunque creas que no es nada. Sin atención sanitaria, el Consorcio no cubre tus lesiones en estos casos.
- Identifica al conductor: nombre, teléfono y DNI si es posible. Si es menor, pide los datos de sus padres.
- Fotografía el patinete, sobre todo la etiqueta con el número de inscripción, o anota que no la tiene.
- Llama a la Policía Local para que tome datos y redacte un informe. Es la prueba principal.
- Busca testigos y apunta comercios con cámaras.
- Guarda los objetos dañados y sus facturas: el móvil, las gafas, la ropa.
Tienes la lista completa en qué hacer tras un accidente de tráfico.
Cuánto puedes cobrar por tus lesiones
Tus lesiones se valoran con el mismo baremo que cualquier accidente de tráfico. En 2026, cada día de recuperación se paga a 39,20 € si es básico, 67,96 € si es moderado, 98,02 € si es grave y 130,69 € si es muy grave. A eso se suman las secuelas, las operaciones, el perjuicio estético y los gastos.
Las personas mayores atropelladas por patinetes suelen sufrir fracturas de muñeca o de cadera, que llevan muchos días de recuperación. Puedes ver ejemplos en la guía de indemnización por fractura y hacer una primera estimación con la calculadora de indemnización.
Plazos para reclamar
La acción para reclamar al Consorcio o a la aseguradora prescribe en un año, con las interrupciones que prevé la ley. No esperes a estar completamente curado para empezar a reunir pruebas.
Tienes el detalle en plazo para reclamar un accidente de tráfico y en la guía del Consorcio de Compensación de Seguros.
Preguntas frecuentes
¿Puedo reclamar si me atropella un patinete sin seguro?
Sí. El Consorcio de Compensación de Seguros responde de tus lesiones si necesitaron atención sanitaria. El resto de daños se reclaman al conductor.
¿El Consorcio me paga el móvil roto?
No en los accidentes causados por patinetes sin seguro. Su intervención en estos casos se limita a los daños personales con atención sanitaria y al fallecimiento. El móvil se reclama al conductor del patinete.
¿Es obligatorio el seguro del patinete en 2026?
Sí. La Ley 5/2025 lo hizo obligatorio desde el 2 de enero de 2026, y el patinete debe estar inscrito en el registro de la DGT para poder contratarlo.
¿Qué pasa si el patinete es anterior a 2024?
Los modelos comprados antes del 21 de enero de 2024 sin certificado pueden circular hasta el 22 de enero de 2027, pero deben estar inscritos y asegurados.
¿Quién paga si el conductor del patinete es menor?
Por sus daños suelen responder los padres o tutores. Tus lesiones las cubre el Consorcio si el patinete no tenía seguro.
¿Y si el patinete me atropelló en la acera?
Los patinetes no pueden circular por la acera. Eso refuerza mucho tu reclamación.
Cuánto te corresponde de verdad
Que el patinete no tuviera seguro complica el camino, pero no te deja sin indemnización por tus lesiones. Lo que marca la diferencia es haber ido al médico, identificar al conductor y reunir pruebas desde el primer día.
Si quieres, cuéntanos qué pasó y te decimos a quién reclamar cada cosa. La consulta es gratuita y sin compromiso.
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